La Ley Karin requiere que las investigaciones de denuncias de acoso y violencia sean imparciales y respeten el debido proceso. Esto significa que la empresa debe garantizar que todos los casos se gestionen con equidad y objetividad, asegurando que las partes involucradas tengan la oportunidad de presentar sus versiones y pruebas.
Objetivo de este servicio.
Asesorar e investigar objetiva, confidencial y ágilmente, con perspectiva de género, evitando la revictimización, e incorporando a los involucrados en el proceso; denunciante, denunciado, empresa y sindicato (si corresponde).
Metodología.
- Reunión inicial: Revisión de política, reglamento interno, protocolos y procedimientos; Recopilación de antecedentes que puedan ser pertinentes a la investigación;
- Análisis medidas de resguardo, medidas correctivas y posibles sanciones en torno a los niveles de gravedad de la investigación.
- Entrevistas semi-estructuradas: Indagamos respecto de la existencia de hechos o situaciones que avalen o desacrediten las conductas denunciadas.
- Análisis de la evidencia y reunión final (interna): Se analiza el nivel de frecuencia, intensidad y exposición al factor de riesgo del denunciado.
- Reunión de cierre: Entrega del informe final con propuesta de medidas correctivas y/o sanciones si corresponde.
Lee nuestra nota sobre la tramitación de denuncias e investigaciones de estas conductas Denuncia, investigación y sanción del acoso y violencia de terceros en los colegios – Norma Educativa.
La Confidencialidad y el Debido Proceso
La confidencialidad y el debido proceso son aspectos clave en la gestión de denuncias según la Ley Karin. Estos principios aseguran que las denuncias se manejen de manera justa y que las partes involucradas sean tratadas con respeto. Mantener la confidencialidad durante el proceso protege a las víctimas de posibles represalias y evita la exposición pública innecesaria de los detalles del caso, que suele significar una revictimización para los afectados.
El debido proceso garantiza además que la investigación sea justa y equitativa, proporcionando a ambas partes la oportunidad de ser escuchadas y de presentar pruebas. Este enfoque no solo cumple con los requisitos legales, sino que también refuerza la confianza del personal trabajador en los mecanismos de denuncia y en su organización.
De esta manera, los sostenedores deben comprometerse con la confidencialidad, el debido proceso y la imparcialidad para gestionar adecuadamente las denuncias de acoso y violencia
Guiamos a tu comunidad educativa en el cumplimiento de la Ley Karin especialmente en el contexto educativo, a fin de contribuir a la creación de un entorno laboral más seguro.